plout leones

¿Qué es el PLOUT?


El PLOUT, habiéndose aprobado mediante la ORD. Nº 1220/15, es un instrumento normativo que regula el uso y ocupación de suelo de la ciudad de Leones, como rasgos principales. Complementario a este, se incorpora el Reglamento de Edificación, que es inherente a la construcción y normativas específicas sobre Accesibilidad Universal y Prevención y Extinción de Incendios.
Como todo marco regulatorio, tiene un régimen de sanciones, siendo de aplicación al PLOUT en forma exclusiva.

¿Cómo afecta a la ciudad?


La ciudad de Leones es considerada como un territorio, cuyos límites están determinados por la extensión del Ejido Urbano Ley Nº 9754 y Ordenanza 1001/09. Dentro del territorio hay suelo urbano y suelo rural. A su vez, el suelo rural se categoriza en pasible de ser urbanizado y no urbanizado, dependiendo ello de la visión estratégica y sustentable sobre el territorio.

En cuanto a lo urbano, la ciudad está dividida en 10 áreas, con un determinado uso predominante, ocupación de suelo y morfología característica, minimizando los conflictos por actividades incompatibles e impacto negativo. Se prevé que dentro de una zona, exista una conformación diferente, con el objeto de jerarquizar determinados espacios urbanos. Es el caso de las avenidas y boulevares, que por sus anchos admiten la construcción de edificios en altura.

¿Cómo afecta al vecino de Leones?


Prácticamente en nada. El vecino tiene una tradición de construcción de la ciudad, que no se contradice con las regulaciones. Hay respeto y compromiso en el quehacer constructivo, dónde en términos generales, prevalece la intervención profesional y se observa un bajo índice de clandestinidad.

El nuevo marco regulatorio viene a formalizar otros aspectos como el Permiso de Edificación -un número que toda obra antes de iniciarse debe obtener y exhibirse en el cartel del profesional actuante-, el uso y ocupación del suelo acorde a los tiempos actuales, la habilitación gradual de suelo a urbanizar donde se garantice la infraestructura de servicios, la exigencia de medidas de seguridad para el desarrollo de la obra y para el edificio como así también que contemplen la accesibilidad universal, entre otros aspectos.

¿Qué trámites o procedimientos debo realizar como ciudadano?


Solamente saber que para realizar una obra debe actuar un profesional idóneo y que este profesional desarrollará un programa que se ajuste a la norma. Es decir, como hasta ahora vino sucediendo, no se permitirá nada que esté por fuera de la normativa urbana y/o edilicia.

¿En qué se diferencia con el plan anterior (POU)?


Principalmente y en modo relevante, es un instrumento cuyo documento se puso a consideración de la comunidad. Presentado en diciembre de 2012, hoy es una realidad no solo gracias a la voluntad política de implementarlo, al trabajo desarrollado en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, sino además al consenso de la comunidad. Sin ello ningún instrumento de regulación sirve.

Otra diferencia sustancial es la flexibilidad. Nacido en una época de grandes transformaciones, no duda en la continuidad del crecimiento y por ello el éxito del plan radica en la flexibilidad, logrado a partir de la revisión periódica mediante una Comisión Asesora, cuyos integrantes representan los actores de la ciudad.

El interés por otros aspectos de la vida urbana, como la preservación patrimonial arquitectónica-cultural y la preservación del medio ambiente, es otro aspecto diferencial.

¿Qué debemos esperar del PLOUT?



La certeza de un instrumento orientado al bien común, con directrices claras de crecimiento y desarrollo urbano, entendido en el sentido multidimensional de la palabra (no solo al aspecto edilicio sino a la complejidad de sistemas que interactúan en la ciudad y le otorgan un carácter).